¿Un trabajador extranjero (expatriado) que deja definitivamente México pierde el dinero acumulado en su AFORE e INFONAVIT? ¿O puede recuperarlo aunque no cumpla los requisitos ordinarios para obtener una pensión en nuestro país?
En este episodio de Criterios que Cambian el Juego, analizamos una resolución que marcó un precedente relevante para empresas multinacionales, áreas de Recursos Humanos y abogados que administran personal extranjero en México. El Pleno en Materia de Trabajo del Primer Circuito resolvió una contradicción de tesis para determinar si los trabajadores extranjeros que regresan definitivamente a su país de origen pueden reclamar los recursos acumulados en su cuenta individual de AFORE y en la Subcuenta de Vivienda, aun cuando no satisfagan los requisitos previstos para quienes permanecen dentro del sistema mexicano de seguridad social.
Durante el episodio explicamos cómo surgió la contradicción entre dos Tribunales Colegiados, cuál fue el razonamiento jurídico que prevaleció y por qué el Pleno concluyó que esos trabajadores sí tienen derecho a recuperar dichos recursos, sin que les sean exigibles requisitos diseñados para quienes continuarán cotizando en México.
¿Por qué importa para los empleadores? Porque miles de empresas cuentan con expatriados o personal extranjero que eventualmente concluye su asignación en México. Conocer este criterio permite comprender el alcance de los derechos derivados de la relación laboral, reducir riesgos de información incorrecta durante los procesos de repatriación y brindar una mejor asesoría a trabajadores internacionales.
En este episodio analizamos, entre otros temas:
Cómo surgió la contradicción entre el Séptimo y el Décimo Segundo Tribunal Colegiado.
Cuál era exactamente la pregunta jurídica que debía resolver el Pleno.
Por qué el criterio distingue la situación de un trabajador extranjero respecto de un trabajador que permanece dentro del sistema mexicano.
El análisis constitucional y de derechos humanos que sustentó la decisión.
La interpretación del sistema de seguridad social mexicano respecto de las cuentas individuales.
Las implicaciones prácticas para empresas con personal expatriado.
Recomendaciones para Recursos Humanos y asesores laborales.
Ficha técnica del criterio
Tipo de asunto: Contradicción de Tesis 33/2019.
Tribunal que resuelve: Pleno en Materia de Trabajo del Primer Circuito.
Fecha de resolución: 7 de septiembre de 2020.
Integración del órgano jurisdiccional: José Manuel Hernández Saldaña, Rosa María Galván Zárate, Elisa Jiménez Aguilar, José Luis Caballero Rodríguez, María Eugenia Gómez Villanueva, Antonio Rebollo Torres, Raúl Valerio Ramírez, Joel Darío Ojeda Romo, Edna Lorena Hernández Granados, Miguel Ángel Ramos Pérez, Gilberto Romero Guzmán, Héctor Pérez Pérez, Salvador Hernández Hernández, Miguel Bonilla López, Andrés Sánchez Bernal, Juan Manuel Alcántara Moreno y Juan Manuel Vega Tapia.
Sentido de la votación: Mayoría de quince votos a favor de José Manuel Hernández Saldaña, Rosa María Galván Zárate, Elisa Jiménez Aguilar, José Luis Caballero Rodríguez, María Eugenia Gómez Villanueva, Antonio Rebollo Torres, Raúl Valerio Ramírez, Joel Darío Ojeda Romo, Edna Lorena Hernández Granados, Miguel Ángel Ramos Pérez, Gilberto Romero Guzmán, Héctor Pérez Pérez, Salvador Hernández Hernández, Miguel Bonilla López y Andrés Sánchez Bernal. Votos en contra: Juan Manuel Alcántara Moreno y Juan Manuel Vega Tapia. Ponente: Gilberto Romero Guzmán. Secretaria: Angélica Pérez Hernández.
La principal lección de este criterio es que la interpretación del sistema de seguridad social debe responder a la realidad jurídica del trabajador extranjero que concluye definitivamente su vínculo con México, evitando que la aplicación mecánica de requisitos previstos para otros supuestos haga imposible el ejercicio de derechos patrimoniales derivados de su trabajo.
Contacto: oziel.guerrero@vegaguerrero.com